Justicia Internacional

Human Rights Watch (HRW) considera que la justicia internacional —la rendición de cuentas en casos de genocidio, crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad— es un elemento esencial para consolidar el respeto de los derechos humanos.

Esta organización tiene un Programa de Justicia Internacional que trabaja para impulsar investigaciones, posibilitar detenciones y medidas de cooperación, y promover mecanismos efectivos de justicia.

HRW, colabora activamente con el trabajo de la Corte Penal Internacional y otros tribunales internacionales, así como en los esfuerzos de tribunales nacionales, como en Guinea, Costa de Marfil, República Democrática del Congo y Bosnia, para llevar ante la justicia a los responsables de los delitos más graves. Además, apoya los esfuerzos de los tribunales nacionales que aplican su legislación interna para juzgar a personas acusadas de graves delitos que constituyen violaciones del derecho internacional, con independencia del lugar donde se cometieron. Ver más


El Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI), se crea en julio de 1998, en Roma y entra en vigor el 1 de Julio de 2002 con la adhesión de 60 países. La CPI es primera corte penal internacional permanente con base jurídica, se ha establecido para ayudar a poner fin a la impunidad de los autores de los más graves crímenes de alcance internacional para hacer justicia. Ver más

Según AMNISTÍA INTERNACIONAL, hay tres conceptos principales en los que se basa la justicia internacional: JUSTICIA, VERDAD y REPARACIÓN.

Por JUSTICIA entendemos que los Estados deben investigar todos los delitos y enjuiciar a los presuntos autores en juicios justos. Pero los Estados no deben recurrir a la tortura o a la pena de muerte. Esto sólo servirá para alimentar más el ciclo de abusos.

Por VERDAD nos referimos a que las víctimas y los familiares —de hecho, todos nosotros— tienen derecho a saber lo que ha ocurrido. Las autoridades deben determinar los hechos sobre los crímenes cometidos y luego, y esto es crucial, reconocerlos públicamente. Algunos países que han sufrido años de caos, como Sudáfrica, lo han hecho con gran éxito a través de Comisiones de la Verdad. Pero esto no debe incluir amnistías por las atrocidades cometidas.

Por plena REPARACIÓN nos referimos a que debe abordarse debidamente el sufrimiento de las víctimas y de sus familias, que para reconstruir su vida necesitan ayuda, que podría incluir apoyo material o psicológico.

Los gobiernos tienen la obligación de asegurar a las víctimas justicia, verdad y reparación. Pero cuando no puedan hacerlo o no lo hagan, la comunidad internacional ha de garantizar que se hace justicia mediante la jurisdicción universal.                            

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