Informe CIDH 2008


-2008-

La Comisión identificó en su informe 2008 “la existencia de un ambiente hostil para el disenso político plasmado en la existencia de actos intimidatorios en el contexto de la campaña electoral de noviembre de 2008, sumado a los señalamientos y hostigamientos dirigidos a organizaciones no gubernamentales y defensores de derechos humanos por su labor de monitoreo de la gestión de gobierno”.

En este caso, la CIDH consideró que la situación observada en el año 2008 encuadraba dentro del criterio de: “[S]ituaciones coyunturales o estructurales, que estén presentes en Estados que por diversas razones enfrenten situaciones que afecten seria y gravemente el goce y disfrute de los derechos fundamentales, consagrados en la Convención Americana o en la Declaración Americana. Este criterio incluye, por ejemplo: situaciones graves de violencia que dificultan el funcionamiento adecuado del Estado de Derecho; graves crisis institucionales; procesos de reforma institucional con graves incidencias negativas para los derechos humanos; u omisiones graves en la adopción de disposiciones necesarias para hacer efectivos los derechos fundamentales”.

La Comisión, durante el año 2008 revisa en detalle temas relacionados con la administración de justicia, manteniendo el ya reiterado cuestionamiento sobre la ausencia de concursos para la designación de jueces como de la provisionalidad de los jueces y fiscales y la incidencia de esta situación sobre la independencia del Poder Judicial.

Adicionalmente, la Comisión reflejó la situación derivada de la aprobación de 26 Decretos Leyes Dictados por el Presidente Chávez Vía Habilitante, así como la tendencia en restricciones a la libertad de expresión, en particular a través de la aplicación de procedimientos administrativos basados en la Ley de Responsabilidad Social en radio y Televisión. Durante 2008, y en el mismo sentido que se había señalado en años anteriores, la Comisión sigue viendo con preocupación la persistencia de un ambiente de intimidación contra medios de comunicación de carácter privado, en particular, el canal de televisión Globovisión cuyos directivos y trabajadores se encuentran protegidos por medidas provisionales otorgadas por la Corte Interamericana, desde el 2004 y ratificadas el 29 de enero de 2008.

Uno de los eventos, más destacados del año 2008, fue la sentencia Nro. 1939 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del 18 de diciembre de 2008 “mediante la cual declaró inejecutable la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos” en el caso Apitz Barbera y Otros, relativa al Caso Corte Primera de lo Contenciosos Administrativo) vs. Venezuela y de acuerdo al artículo 78 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, solicitó al Poder Ejecutivo “proceda a denunciar este Tratado o Convención, ante la evidente usurpación de funciones en que ha incurrido la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, con el fallo objeto de la presente decisión”.

En este caso, la Sala Constitucional consideró que:

“La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 5 de agosto de 2008,  afectaría principios y valores esenciales del orden constitucional de la República Bolivariana de Venezuela y pudiera conllevar a un caos institucional en el marco del sistema de justicia, al pretender modificar la autonomía del Poder Judicial constitucionalmente previsto y el sistema disciplinario instaurado legislativamente, así como también pretende la reincorporación de los hoy ex jueces de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo por supuesta parcialidad de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial, cuando la misma ha actuado durante varios años en miles de casos, procurando la depuración del Poder Judicial en el marco de la actividad disciplinaria de los jueces. Igualmente, el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos pretende desconocer la firmeza de las decisiones de destitución que recayeron sobre los ex jueces de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que se deriva de la falta de ejercicio de los recursos administrativos o judiciales, o de la declaratoria de improcedencia de los recursos ejercidos por parte de las autoridades administrativas y judiciales competentes”.

La Comisión manifestó que “la línea jurisprudencial de esta sentencia desconoce las obligaciones internacionales asumidas por Venezuela como Estado Parte de la Convención Americana”.

Participación en la vida democrática: los derechos políticos

La Comisión Identifica como “uno de los desafíos principales para la consolidación de las democracias ha sido la armonización de las divergencias políticas al interior de los Estados, garantizando el diálogo tolerante, activo, participativo y pacífico de todos los sectores sociales y políticos.”

Al respecto, La Comisión, señala que durante 2008 recibió “con preocupación información que da cuenta sobre la existencia de actos de intimidación contra sectores de la sociedad que son abiertamente críticos o que expresan su disenso a las políticas del gobierno. Conforme a lo informado, esta situación se ha visto reflejada particularmente en el contexto de la contienda electoral del 23 de noviembre del 2008”.

La CIDH igualmente reflejó, haber recibido información respecto de las declaratorias de inhabilitación para el ejercicio de la función pública entre las que se encontraban aspirantes a la elección o reelección de cargos de elección popular para las elecciones del 23 noviembre de 2008: “Conforme a información de público conocimiento, en febrero de 2008 el Contralor General de la República remitió al Consejo Nacional Electoral un listado de personas que han sido inhabilitadas para el desempeño de cargos de elección popular”.

La Comisión igualmente reseñó, que: en el marco de la contienda electoral de noviembre de 2008, el Presidente de la República habría realizado pronunciamientos en términos que no contribuyen al dialogo democrático y que pueden incentivar el uso de la violencia.

Situación de defensoras y defensores de derechos humanos  

Este año, la CIDH ha reiterado “su preocupación por las manifestaciones hechas por diversas autoridades en descrédito de la labor de los defensores y defensoras de derechos humanos, así como por informaciones recibidas sobre la presunta utilización de acciones legales en su contra”.

José Luís Urbano, Presidente de la Asociación Civil Pro-Defensa del Derecho a la Educación, quien como parte de su labor de defensa y promoción del derecho a la educación realizó una serie de denuncias, en mayo del 2008, relativas a la exigencia ilegal de cuotas a los niños de escuelas públicas en el estado de Anzoátegui, por lo que habría recibido amenazas en contra de su vida e integridad personal por parte de funcionarios estatales. Asimismo, el señor Urbano habría sufrido seguimientos y vigilancia por personas desconocidas presuntamente como consecuencia de su labor.

Cierre de las investigaciones penales iniciadas con el objeto de investigar amenazas telefónicas y electrónicas en perjuicio del Comité de Familiares de las Víctimas de los sucesos ocurridos entre el 27 de febrero y los primeros días de marzo de 1989 (COFAVIC), luego de múltiples citaciones a las víctimas en septiembre de 2008.

Expresiones de descrédito a la actividad de los defensores y defensoras de derechos humanos

Durante el 2008, la CIDH recibió información sobre la continuidad de declaraciones de desprestigio por parte de altas autoridades del gobierno venezolano en detrimento de la labor de quienes se dedican a defender y promover derechos humanos en el territorio venezolano.  En ese sentido, la Comisión observa que al igual que en los últimos años, funcionarios estatales persisten en descalificar públicamente a los defensores y defensoras de derechos humanos a fin de deslegitimar las denuncias que presentan sobre violaciones a tales derechos, acusándolos, en algunos casos de ser parte de un plan desestabilizador y de actuar «contra la revolución», por recibir fondos de organizaciones y países extranjeros para su financiamiento.

Humberto Prado, quien es miembro del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) organización dedicada a la protección de las personas privadas de libertad en Venezuela, “habría sufrido una serie de descalificaciones, por parte de autoridades gubernamentales, específicamente del Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, Ramón Rodríguez Chacín, quien refiriéndose al OVP manifestó “supuestos defensores de derechos humanos en Venezuela, [los cuales] pretenden decidir si se cumplen o no los derechos humanos, personas que conocemos su dudosa solvencia moral y que viven de los problemas carcelarios”. De igual forma, la Vicepresidenta de la Comisión Política Interior del Congreso, Iris Varela, señaló que el señor Prado “es un comerciante de la situación penitenciaria”.

Señalamientos dirigidos al señor Carlos Ayala Corao, por parte de autoridades estatales en el marco de un proceso internacional ante el Sistema Interamericano en el cual el señor Ayala fungía como representante en el caso Gabriela Perozo y otros c. Venezuela. La Comisión recuerda al Estado venezolano que de acuerdo con el reglamento de la Comisión Interamericana en su artículo 61, “[el] Estado no podrá enjuiciar a los testigos ni a los peritos, ni ejercer represalias contra ellos o sus familiares a causa de sus declaraciones o dictámenes rendidos ante la Comisión”.

Expulsión de Venezuela de José Miguel Vivanco y Daniel Wilkinson, Director Ejecutivo y Subdirector de la división para las Américas de Human Rights Watch, una organización internacional no-gubernamental que se dedica a la protección de derechos humanos. El gobierno ordenó la expulsión de ambos en la noche del 18 de septiembre de 2008, luego de que esta organización presentara un informe sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela. La Comisión señaló que este acto “afecta el derecho a la libertad de expresión de los representantes de dicha organización y configura una muestra de intolerancia ante expresiones críticas que son esenciales a la democracia”.

Humberto Prado como otros miembros del OVP, estarían siendo investigados por el Ministerio de Interior y Justicia por traición e incitación a la rebelión, presuntamente debido a las diversas protestas que realizaron reclusos al interior de las cárceles venezolanas.

Libertad de expresión

El vicepresidente del periódico Reporte Diario de la Economía, Pierre Fould Gerges fue asesinado el 2 de junio de 2008. Conforme a la información aportada, en tal oportunidad, dos personas no identificadas que viajaban en motocicleta le habrían disparado al menos una decena de veces, cuando el ejecutivo del diario estaba en una estación de gasolina en Caracas. Según la información recibida, antes del asesinato, varios editores del periódico habrían sido amenazados en relación con la línea editorial del diario, que había sido crítica respecto a presuntos hechos de corrupción. Luego del crimen, la abogada que representa a Reporte Diario de la Economía también denunció estar recibiendo amenazas de grupos criminales privados, por declarar sobre este caso.

El 16 de octubre de 2008 se presentaron dos nuevos ataques con bombas lacrimógenas. Uno a la vivienda de Leopoldo Castillo, conductor del programa de opinión de Globovisión y otro, al diario El Nuevo País, donde Rafael Poleo es director. Según la información recibida, el grupo “La Piedrita”, que se autodefine como afín al gobierno de Venezuela, se habría atribuido el ataque al diario. Miembros de esta agrupación habrían distribuido un comunicado en el que declararon a Poleo “objetivo militar” por sus declaraciones sobre Hugo Chávez. Estas manifestaciones no parecen haber estado seguidas de una clara descalificación o investigación por parte de las autoridades venezolanas.

El 1º de diciembre de 2008, se produjo un ataque contra la periodista Marta Colomina quien habría sufrido graves consecuencias por el ataque perpetrado pese a que cuenta con medidas provisionales de la Corte Interamericana. Contra su residencia fue lanzada una bomba lacrimógena además de algunos panfletos que la declaran “objetivo de guerra” y la acusan de promover el plan de magnicidio contra el Presidente Hugo Chávez. De acuerdo con la información obtenida, el grupo “La Piedrita” se habría auto adjudicado la autoría de los hechos.

El 23 de julio de 2008 la periodista del diario La Verdad, Dayana Fernández y el fotógrafo, Luis Torres, habrían sido agredidos por agentes municipales en Maracaibo al investigar temas de contaminación ambiental.

El 22 de agosto de 2008, Guillermo Torín, operador de audio del canal ANTV, habría sido golpeado por un grupo de simpatizantes del alcalde de Chacao cuando se disponía a cubrir la inscripción para las elecciones regionales.

El 25 de julio de 2008, cuando la Policía del aeropuerto de Barinas retuvo a Dimas Medina, del diario El Nacional, y le confiscaron un documento oficial en donde constaba el robo sufrido por una persona cercana al presidente de Venezuela, Hugo Chávez.

Sumado a las investigaciones mencionadas en numerales anteriores, se ha informado la existencia de un proceso adicional en contra de comunicadores independientes o críticos del gobierno. El 27 de noviembre de 2008 el diputado Mario Isea presentó a la plenaria de la Asamblea Nacional un informe final sobre un presunto plan de magnicidio en contra del presidente Chávez. Dentro de los acusados como autores del plan se encuentran nueve personas, cinco de las cuales son directivos de medios, entre ellos figuran: Alberto Federico Ravell, director general de Globovisión; Nelson Mezerhane, directivo de Globovisión; Rafael Poleo, director del diario El Nuevo País; Marcel Granier, director general de RCTV y Miguel Henrique Otero, presidente editor de El Nacional.

 

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