Fondo Especial para atención a las víctimas de crímenes de lesa humanidad y graves violaciones de derechos humanos en Venezuela

Fondo Especial

Por Fernando M. Fernández y Henkel García Uzcátegui

INTRODUCCIÓN

Los crímenes de lesa humanidad y las graves violaciones de derechos humanos que se han perpetrado en Venezuela durante los últimos años y las miríadas de víctimas que se han producido, hacen impostergable la creación de un fondo especial para indemnizarlas y reparar el daño causado, según el mandato constitucional y conforme a los estándares internacionales y experiencias comparadas.

Las atrocidades tipificadas en el ERCPI, ya identificadas y confirmadas por la Fiscalía ante la CPI al abrir la investigación del caso Venezuela I,1 permanecen sin que se indemnice a las víctimas de los hechos perpetrados en su territorio desde 2017, al menos. Lo mismo ocurre con las constantes violaciones y abusos de DDHH previas a esa fecha, aun por precisar en las investigaciones que se realicen según el Acuerdo de Entendimiento entre el Estado venezolano y la Fiscalía ante la CPI,2 entre otras vías de determinación de los hechos.3

La creación de un fondo de ayuda a las víctimas, no solo es necesario, sino hay que hacerlo de manera cuidadosa para que la compensación a las víctimas sea efectiva, adecuada y de la manera más rápida posible. El fondo, a su vez, debe tener una estructura sencilla, con un funcionamiento claro, en donde el criterio de elegibilidad, entre otras cosas, sea claro y conciso. También debe contar con un marco que evite que la corrupción penetre su operación.

En el caso venezolano condiciona las fuentes de financiamiento de este tipo de iniciativas. Hay una gran cantidad de pasivos en las cuentas nacionales cuyo pago están sin plan o definición. Además, después de perder ¾ del PIB per cápita del país, los recursos que se pueden generar son escasos, más aún cuando se refiere a actividades que generen divisas.

Autores: Fernando M. Fernández. Profesor Invitado de Derecho Penal Internacional de la Universidad Central de Venezuela y Universidad Monte Ávila. Director del Monitor de Derechos Humanos. Consultor de Paz Activa. Docente del Diplomado sobre Democracia, Justicia Transicional y Derechos Humanos patrocinado por Paz Activa, la UCAB y la Fundación Hans Seidel. Henkel García Uzcátegui. Instructor y analista en Finanzas. Presidente de Visión de Inversión y Director de Econométrica.

Texto Completo >> https://justiciatransicional.org.ve/wp-content/uploads/2021/12/Fondo-Especial-Final-Henkel-y-FMF_-editado.pdf

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1 VTV, Maduro y el Fiscal de la Corte Penal Internacional, Karim Khan, firman acuerdos: 3 noviembre 2021. Disponible en https://www.youtube.com/watch?v=g8ksto7CZHI .

2 Corte Penal Internacional, Memorándum de Entendimiento entre la República Bolivariana de Venezuela y la Fiscalía de la Corte Penal Internacional. Disponible en https://www.icc-cpi.int/itemsDocuments/otp/acuerdo/acuerdo-spa.pdf .

3 Naciones Unidas, Consejo de Derechos Humanos, Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela. Disponible en: https://www.ohchr.org/SP/HRBodies/HRC/FFMV/Pages/Index.aspx .

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